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PLAN MOVES

El Programa MOVES es una excelente oportunidad para quienes desean adquirir un vehículo eléctrico en España, ya sea para uso personal o profesional, ya que permite ahorrar una cantidad significativa de dinero al tiempo que contribuye a una movilidad más sostenible. Este programa, conocido oficialmente como Programa de Incentivos a la Movilidad Eficiente y Sostenible, está diseñado para impulsar las ventas de vehículos de bajas emisiones en el país.

El programa ofrece ayudas de hasta 9.000 euros para la compra de turismos o vehículos comerciales con etiquetas ECO o CERO. También incluye subvenciones de hasta el 80% del coste para la instalación de puntos de carga, lo que facilita la infraestructura de recarga en el hogar o la empresa. Estas ayudas están disponibles no solo para particulares, sino también para autónomos y empresas, aunque en estos casos las cuantías pueden variar.

En el caso de taxistas o VTC tienen un 10% más. Esto también ocurre con personas de movilidad reducida y personas empadronadas en municipios de menos de 5.000 habitantes. 

REQUISITOS PLAN MOVES

Veamos los requisitos que debemos cumplir para beneficiarnos del Plan MOVES III:

  • Ser un particular, profesional autónomo, comunidad de propietarios o empresa privada española, sea cual sea su tamaño.
  • Adquisición por compra directa, leasing o renting.
  • Precio máximo de 45.000 euros en caso de vehículos eléctricos (53.000 euros en el caso de turismos de 8 plazas).
  • No haber recibido ninguna otra ayuda para el mismo concepto. El MOVES es totalmente incompatible con otros planes, sean públicos o privados. Cabe decir que, a diferencia de ediciones anteriores, no es obligatorio el achatarramiento de ningún vehículo, aunque contaremos con una mayor ayuda si retiramos uno con al menos siete años de antigüedad y la ITV en vigor.

También hay que decir que, si bien como particulares solo podemos realizar la solicitud para un único vehículo, los profesionales y las empresas podrán hacerlo para un máximo de 90 vehículos.

DEDUCCIONES IRPF

Según explica la Agencia Tributariala cantidad que nos podremos deducir en el IRPF es el 15% del valor de adquisición de un único vehículo eléctrico (no es aplicable a posteriores compras). Este valor de adquisición no supone únicamente el precio de compra, sino que debemos incluir todos los gastos e impuestos asociados a la misma. Debemos excluir, eso sí, cualquier otra cuantía que haya sido subvencionada (o vaya a serlo posteriormente) procedente de programas de ayudas públicas.

La base máxima de la deducción, esto es, la cifra máxima sobre la que podremos aplicar la deducción es de 20.000 euros. En la práctica, cualquier automóvil elegible para la ayuda supera esa cifra (no así necesariamente los cuadriciclos y motos), por lo que estamos hablando de una deducción de 3.000 euros. No recibiremos el ingreso monetario como tal, aunque sí nos podrá salir a devolver en la declaración de la renta.

Sólo se incluyen los vehículos nuevos, estando exentos los vehículos de segunda mano y estar destinado a uso personal, no siendo válido para empresas.

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